TRIBUNALES
Condenada por robar joyas y dinero al anciano que cuidaba en Cádiz
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La mujer, que se dedica al cuidado de mayores en la capital gaditana, ha confesado los hechos y ha podido eludir la cárcel tras ser sentenciada por un delito de robo con fuerza

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha condenado a una mujer que estaba acusada de haber robado en la vivienda de la persona mayor que cuidaba. El juez la considera autora responsable de un delito de robo con fuerza en casa habitada y le impone una pena de prisión de dos años. Dicha pena de cárcel ha sido suspendida, tras llegar a un acuerdo de conformidad, bajo condición de que no vuelva a delinquir y con la obligación de abonar la responsabilidad civil impuesta de 9.000 euros a los hijos de la víctima ya fallecida.
Como relata la sentencia, ha quedado probado que esta mujer, M. C. S. S., de 52 años y originaria de Las Palmas de Gran Canarias, con la finalidad de lucro ilegítimo, «se aprovechó» de que trabajaba como cuidadora de un señor de avanzada edad en una casa de Cádiz, para sustraer del interior de la vivienda «en varias ocasiones joyas tasadas en 2.667 euros que se encontraban guardadas bajo llave en un pequeño cofre, para cuyo fin tuvo que forzar la cerradura». Además -continúa el fallo- la acusada aprovechando la misma situación y su acceso como cuidadora a las distintas dependencias de la casa se apropió del dinero en metálico que se encontraba oculto en el doble fondo de un reloj de pie. Las joyas, que tenían un gran valor sentimental para la familia, no fueron recuperadas.
Tras la denuncia y la detención de esta persona, se ponía fecha de juicio. La Fiscalía calificó los hechos como constitutivos de un delito de robo con fuerza en casa habitada o, de manera alternativa, como un delito continuado de hurto con agravante de abuso de confianza. Solicitó por ello que la procesada fuera condenada a la pena de dos años o a ocho meses, en el caso del hurto.
Antes del juicio, y a la vista de las pruebas que se aportaban en este procedimiento, la acusada y su defensa consideraron llegar a dicho acuerdo de conformidad por lo que la procesada admitió toda su responsabilidad, eludiendo así la celebración del juicio y acogiéndose al beneficio de la suspensión condicional de su entrada en prisión, al no tener antecedentes computables. La víctima, un señor mayor que tenía plena confianza en su cuidadora, . Contfalleció sin conocer la resolución de este procedimientora esta sentencia no cabe recurso.